Nota Informativa del Centro Nacional de Sanidad Animal, el Ministerio de la Agricultura y el Grupo de Trabajo Temporal de Implementación de la Política del Bienestar Animal

Por: Centro Nacional de Sanidad Animal (CENASA), del Ministerio de la Agricultura

CENASA
 

Desde el 10 de julio del 2021 en que se puso en vigor el Decreto Ley 31/2021 del Bienestar Animal y el Decreto 38/2021 Reglamento del decreto Ley del Bienestar Animal hasta esta fecha se han denunciado a través de las redes sociales, una serie de hechos de maltrato a diferentes especies animales en diferentes provincias del país.

En la mayoría de los casos, una vez que se han recibido las quejas los especialistas, funcionarios e inspectores del sistema de la Sanidad Animal han investigado y actuado en correspondencia con la gravedad del hecho y se han aplicado las medidas administrativas, advertencias policiales y contravenciones, acordes a lo establecido en el Decreto Reglamento No. 38.

Recientemente, se produjo un biocidio en el municipio Playa, de La Habana, en esta ocasión, la víctima fue un perro, cuyo cadáver finalmente fue arrojado a la basura.

La población en general y especialmente los amantes de los animales, reclaman la aplicación de severas medidas a los infractores, los que desconocen lo que se estipula en las normas jurídicas aprobadas para garantizar el bienestar animal. En el reciente caso del municipio Playa se aplicó una contravención duplicada por un monto total de 3000.00 pesos al responsable de tan cruel hecho y se le advirtió sobre la gravedad del hecho cometido.

El Centro Nacional de Sanidad Animal, el Ministerio de la Agricultura y el Grupo de Trabajo Temporal de Implementación de la Política del Bienestar Animal ratifican que continuarán trabajando en materia jurídica, educativa y comunicacional, en favor de que la población esté en mejor capacidad para combatir este tipo de abusos y maltratos a los animales y de denunciar tan indignantes actos, que no se corresponden ni con el contenido de las normas aprobadas, ni con el sentir de la mayoría de la población cubana que ama y defiende a los animales.

Otros temas relacionados:

https://www.minag.gob.cu/noticias/nota-informativa-sobre-el-maltrato-animal/

https://www.granma.cu/cuba/2022-11-09/denuncian-maltrato-animal-en-mayabeque



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Por: Centro Nacional de Sanidad Animal (CENASA), del Ministerio de la Agricultura10/03/2023

2 respuestas

  1. Considero que desde que entro en vigor el decreto ley de bienestar animal, este no ha cumplido el objetivo de disuadir a los maltratadores.
    Honestamente, las multas son irrisorias, tal parece q la ley no se toma en serio.
    Pienso tambien que se hace necesario un mayor alcance en la divulgacion, pues al menos, que el conocimiento de esta misma sentencia tenga algo de impacto.
    Saludos

    1. La aprobación del Decreto Ley 31/2021 del Bienestar Animal y el Decreto 38/2021 Reglamento del Decreto Ley 31, aprobados por el Consejo de Estado y de Ministros respectivamente, que considerando dar respuesta oficial, a un reclamo de la población cubana y habiendo sido refrendado el asunto, en la Constitución de la República de Cuba de 2019, era un deber social.
      A partir de la elaboración de una política pública diseñada mediante el trabajo coordinado y participativo de más de 40 representantes de instituciones, órganos, organismos y asociaciones y al que se sumaron los criterios de la población, quedaron definidos los problemas más acuciantes que afectaban el bienestar de los animales a lo largo y ancho de nuestro país.
      El diagnóstico, en el que se obtuvo todo un caudal de información científica y empírica, proporcionó vastos elementos y propició la elaboración de las normas jurídicas antes citadas. Oportuno señalar, que el documento contó con la experiencia, el ingenio, conocimiento, revisión y aprobación de técnicos y profesionales de la más elevada formación integral, relativa a las ciencias veterinarias, médicas, jurídicas y otras afines al tema.
      Hasta el 10 de julio de 2021, no contábamos con un documento legal que sustentara el derecho a la vida, la protección, el cuidado y el respeto a los animales, que definiera qué y cómo todos los residentes en esta isla, debemos relacionarnos y tratar a los animales, independientemente de la especie, categoría y uso que las personas le demos, bajo el enfoque de una sola salud y a la luz de los conceptos más actualizados que promueve la Organización Mundial de Sanidad Animal, entre otras organizaciones internacionales.
      Los decretos 31 y 38, se podrán mejorar, adecuar, armonizar y actualizar, con la colaboración y la contribución de todos, a partir de sus críticas, sinceras, acertadas, fundamentadas y atinadas, y no bombardeando con ofensivos insultos a quienes consideran responsables, sin siquiera ubicarse en el momento histórico y el contexto económico y social en que dichas normas fueron elaboradas y puestas en vigor.
      Si evaluamos las punzantes críticas a los mencionados decretos, a las multas consideradas irrisorias, al mal trabajo de los órganos y organismos del ámbito de competencia y a la mínima aplicación de sus preceptos, se puede considerar que estas están más orientadas a desfigurar la imagen de los aparatos estatales y de los responsables de la aplicación de la legislación, que a defender a capa y espada a los animales, como se pretende hacer ver.
      Los propios representantes de los que tienen competencia en la materia, están conscientes de la responsabilidad social asumida y de todo lo que falta o queda por hacer.
      Y también por qué no, considero sinceramente, que trabajar todos de una u otra forma, por una u otra vía, en la transformación de hábitos, costumbres, actitudes, y conductas, que son más dañinas y erradas que el criticado contenido de las normas jurídicas relativas al bienestar animal, sería más oportuno e ideal para el propósito que todos, nos proponemos alcanzar.

      Elaborado por:
      Dra. María Gloria Vidal Rivalta
      Especialista del CENASA
      Presidenta del CONBAC.

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