RESOLUCIÓN 28/2024 DEL MINISTRO DE LA AGRICULTURA “PROCEDIMIENTO PARA EL PAGO DE INCENTIVO POR REMOCIÓN DE CARBONO FORESTAL” (+ PDF con Preguntas y Respuestas y Resolución)
Por: Dirección Jurídica del Ministerio de la Agricultura
Todo país debe adoptar las medidas necesarias para restaurar sus ecosistemas, restauración que debe ser de manera continua como salvaguarda de la naturaleza. En tal sentido resulta vital adoptar medidas para menguar la sucesión de desastres climáticos cada vez de mayores dimensiones. A tales fines la remoción de carbono de la atmósfera resulta un accionar que tributa, sin dudas, a contrarrestar los efectos del cambio climático por lo cual debe abogarse por la práctica generalizada y sostenida de la remoción de carbono forestal.
Dada la necesidad de que en Cuba fueran adoptados incentivos económicos que contribuyan a la realización de la remoción de carbono forestal para la protección de la biodiversidad, hacer un uso racional de los bienes y servicios que brindan los ecosistemas forestales, disminuir la contaminación y mitigar los efectos del cambio climático, ante la ausencia de norma jurídica alguna que regulase este particular en el territorio nacional, fue aprobada la Resolución 28/2024, publicada hoy en Gaceta Oficial de la República de Cuba, cuestión que dada su naturaleza fue previamente conciliada con el Ministerio de Finanzas y Precios y el Ministerio de Justicia.
La nueva disposición jurídica regula, por vez primera en Cuba, el pago por el servicio ambiental de remoción de carbono forestal en aras de estimular la protección del patrimonio forestal. A los efectos de este procedimiento se entiende por carbono forestal al carbono orgánico acumulado en cualquiera de los tres depósitos del área cubierta de bosques, dígase en la biomasa arbórea, aérea y subterránea; en la necromasa dígase árboles muertos y hojarasca; y en el suelo hasta 30 centímetros de profundidad.
Asimismo, la retención de carbono es la acumulación o almacenamiento de carbono en la biomasa de los árboles vivos comprendiendo el tronco, la corteza, la copa conformada por ramas y follaje, así como las raíces, totalidad esta de carbono acumulado que se denomina carbono retenido.
Además se establecen los conceptos de remoción de carbono forestal, que es el dióxido de carbono extraído de la atmósfera por el bosque; expresado como la diferencia positiva de la cantidad de carbono retenido en la biomasa forestal, entre dos evaluaciones sucesivas realizadas en un período inferior a tres años; así como que se entiende por el pago del servicio ambiental por remoción de carbono forestal, que es el incentivo que puede concederse a persona natural o jurídica que posea a su cargo la administración de un área del patrimonio forestal, como resultado del manejo sostenible de bosques, remueva carbono de la atmósfera.
Lo previsto en la mencionada Resolución es de aplicación a los tenentes de patrimonio forestal y a las entidades involucradas en los procesos de toma de datos, determinación y certificación del carbono forestal removido; planificación del financiamiento y pago de incentivo correspondiente, a partir del 21 de febrero del presente año.
Dentro de los aspectos novedosos de esta norma resulta dable resaltar los aspectos a observar para realizar la solicitud del pago del servicio ambiental por remoción de carbono forestal y su procedimiento. Asimismo, establece una metodología para el cálculo de la remoción de carbono forestal en Cuba.
El Instituto de Investigaciones Agro-Forestales se designa como la entidad certificadora cubana para la remoción de carbono y se relacionan las cuestiones a observar para la emisión de la certificación de remoción de carbono forestal por parte del mentado Instituto.
La regulado es de aplicación a las Empresas Agroforestales identificadas por la iniciativa Biofin y en las áreas intervenidas por el Proyecto de Colaboración Internacional “Ecovalor”, por un período de un año contado a partir de la entrada en vigor de la norma. En el término de este año, la Dirección Forestal del Ministerio de la Agricultura presenta una evaluación de los resultados de su implementación para el análisis y aprobación de la extensión de lo regulado a todos los municipios del país, teniendo en cuenta que resulta un aspecto de novedosa aplicación en el territorio nacional.