Requisitos para la importación de mascotas en Cuba
Por:Dra. María Gloria Vidal Rivalta. Especialista del Departamento de Cuarentena y Control del Comercio Internacional del Centro Nacional de Sanidad Animal (CENASA)
12 de septiembre 2024
Criterios generales:
Los requisitos que establece el Centro Nacional de Sanidad Animal como autoridad competente se sustentan en las normas de la Organización Mundial de Sanidad Animal.
Solo se aceptan como mascotas a perros y gatos.
Los animales deberán tener como mínimo cuatro (4) meses de edad.
Las mascotas pueden ingresar al territorio nacional de cualquier país de origen, siempre que estén autorizadas para su desplazamiento internacional, por el Servicio Veterinario Oficial (SVO) del país de origen mediante el Certificado Veterinario de Exportación correspondiente.
Sólo se admitirá la entrada al país hasta tres (3) animales por cada viajero.
Las mascotas deberán arribar al territorio nacional solamente a través de los puntos fronterizos de entrada autorizados (aeropuertos y marinas con actividad internacional), instalaciones que cuentan con las condiciones y con el personal veterinario responsabilizado con este servicio.
Al arribo, el personal del servicio veterinario de fronteras presente en los puntos de entrada al país durante las 24 horas de los 365 días del año, se encargará de la inspección clínica del animal y la revisión del certificado de exportación. Una vez aceptada la entrada al país, se tomarán los datos del viajero y el lugar de residencia o alojamiento, para el cumplimiento de la vigilancia clínico-epidemiológica establecido por un período de cuarentena domiciliaria de 15 días, a partir de la fecha de entrada.
Las mascotas que a su arribo, no excedan un período de 30 días de estancia en el territorio nacional, pueden regresar al país de origen con el mismo certificado de exportación que se otorgó por el país de origen. Aquellas que excedan ese período de permanencia, deberán ser objeto de un proceso de exportación cumpliendo los requisitos establecidos por el país de destino.
De igual manera, aquellas mascotas que aún estando en territorio nacional cubano y estén dentro de los 30 días naturales desde su arribo, pero que a la salida el país de destino sea diferente al de origen, deberán transitar por el proceso de exportación normal establecido para ese nuevo destino.
Requisitos para la importación de mascotas en Cuba
El Certificado Zoosanitario de Exportación del país de origen debe contar con los siguientes datos:
- Datos del propietario:
Nombres y apellidos del propietario
Dirección particular, localidad, ciudad, región, país.
- Descripción del animal:
Especie
Edad / fecha de nacimiento
Sexo
Raza
Color
Pelaje
Signos particulares
Número de identificación /ubicación del animal /fecha del marcado
- Datos complementarios:
País de origen
- Vacunación antirrábica
Fecha de la vacunación
Nombre de la vacuna y laboratorio productor
Número de lote
Fecha de expiración
- Examen clínico
Fecha y resultados del examen (sin signos / síntomas de enfermedad y sin lesiones dermatológicas o heridas recientes o en proceso de cicatrización).
- Nombre y firma del veterinario oficial que certifica la exportación
Fecha y cuño
Vigencia: 15 días a partir de la emisión del certificado