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¿Qué es una alerta fitosanitaria?

Por: Rafael Dortas, Jefe Dpto Cuarentena Vegetal/Isaac Curbelo

La Alerta Fitosanitaria es un documento que elabora la Dirección de Sanidad Vegetal a partir de la Vigilancia fitosanitaria (Proceso oficial que recopila y registra información sobre la presencia o ausencia de una plaga mediante el uso de prospecciones1, monitoreo u otro procedimiento) que realiza de las plagas (Cualquier especie, raza, biotipo vegetal o animal o agente patógeno dañino para las plantas o productos vegetales) presentes en el país que no están ampliamente distribuidas y se encuentran bajo control oficial y de las plagas que no existen en el país y podrían ingresar  en los productos de origen vegetal que se importan, aunque existen otras fuentes de ingreso en dependencia de la plaga en cuestión como pueden ser en suelo adherido al calzado, equipos y herramientas  contaminados.

La Alerta describe ubicación geográfica de la plaga, cultivos que afecta, descripción de los daños que ocasiona y medidas a implementar.

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Este documento se utiliza como un aviso público con la finalidad de informar al sector productivo fundamentalmente sobre la situación fitosanitaria de  plagas que causarían daño económico potencial.

Corresponde al Ministerio de la Agricultura declarar los estados de Alerta Fitosanitaria y de Cuarentena (Confinamiento oficial de artículos reglamentados2), así como su cese, dictando las acciones o medidas que sean necesarias adoptar en cada caso, las que serán de obligatorio cumplimiento como establece el Decreto Ley 153/1994 Regulaciones de la Sanidad Vegetal en su Artículo 19.

Las Alertas Fitosanitarias firmadas por el Ministro de Agricultura son enviadas por la Dirección de Sanidad Vegetal vía correo electrónico a: Departamentos Provinciales de Sanidad Vegetal para su difusión en el territorio,  Estado Mayor Nacional de la Defensa Civil, INISAV e Institutos de Investigación en dependencia del cultivo que pueda ser afectado por la plaga en cuestión.

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1Prospección (de plagas): Un procedimiento oficial que se aplica durante un período definido para determinar la presencia o ausencia de plagas, o bien la delimitación o las características de una población de una plaga, en un área, lugar de producción o sitio de producción.

2Cualquier planta, producto vegetal, lugar de almacenamiento, embalaje, medio de transporte, contenedor, suelo y cualquier otro organismo, objeto o material capaz de albergar o dispersar plagas, que se considere que debe estar sujeto a medidas fitosanitarias, en particular en el transporte internacional.

Otros temas relacionados:

https://www.granma.cu/cuba/2021-07-18/cuba-cuenta-con-una-elevada-capacidad-fitosanitaria-18-07-2021-10-07-19

https://www.minag.gob.cu/noticias/concluye-la-jornada-por-el-dia-del-fitosanitario-en-cuba-pdf/



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Por: Rafael Dortas, Jefe Dpto Cuarentena Vegetal/Isaac Curbelo29/04/2023

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