Procedimiento de quejas, denuncias y planteamientos sobre el maltrato animal.
Por: Dr. MV. Armando Luis Vázquez Pérez; Centro Nacional de Sanidad Animal (CENASA), perteneciente al Ministerio de la Agricultura
21 de marzo de 2024
El Centro Nacional de Sanidad Animal como rector de la Política de Bienestar Animal, implementada por el Decreto Ley 31 “De Bienestar Animal” y el Decreto 38 “Reglamento del Decreto Ley 31 de Bienestar Animal”, estableció el Reglamento para la Recepción y trámite de quejas, denuncias y planteamientos sobre el maltrato animal, mediante la Resolución 4 de 11 de enero de 2023 del Director General del Centro Nacional de Sanidad Animal.
Las denuncias, quejas y planteamientos deben contener los siguientes datos, que son de vital importancia para su correcta tramitación: nombre y apellidos de la persona que efectúa la queja, su dirección particular, teléfono y correo electrónico de localización, la especie animal afectada, un resumen descriptivo del contenido de la denuncia, queja o planteamiento, y los medios probatorios que sustentan la denuncia, siempre que sea posible.
La vía para presentar las denuncias, quejas y planteamientos es por vía telefónica a los Departamentos Provinciales de Sanidad Animal del país, y también se pueden enviar a través del correo electrónico bioestadistica4@dsa.minag.gob.cu o por el Sistema de Información y Vigilancia Epidemiológica del Centro Nacional de Sanidad Animal.
Los Departamentos de Sanidad Animal a nivel municipal o provincial, y el Centro Nacional de Sanidad Animal, tienen un plazo de siete (7) días hábiles siguientes a la recepción de la queja, denuncia o planteamiento para atender o resolver las peticiones que se les realicen, y en ese plazo los accionantes deben recibir la respuesta.
Además, el Centro Nacional de Sanidad Animal realiza un monitoreo diario de las redes sociales para detectar las posibles quejas o denuncias que ahí se expongan y ante la detección de un hecho cometido contra el Bienestar de los Animales, se procede a esclarecer el caso y dar respuesta pública del mismo.
Todos los trabajadores del Sistema de Sanidad Animal, los directores y jefes de departamentos del Centro Nacional de Sanidad Animal, así como sus homólogos en provincia y municipios están obligados a encauzar las quejas y ofrecer respuesta oportuna en el menor plazo posible.