Por: Grupo Web del Minag
La inocuidad de los alimentos es una condición no negociable que debe reunir todo alimento y un derecho de los consumidores, así lo explicó la ingeniera Mariana Pérez Periche, jefa de Departamento Independiente Gestión de la Calidad del Ministerio de la Agricultura de Cuba (MINAG), en un taller virtual impartido a modo de capacitación al sistema de la Agricultura.
Los consumidores, por tanto, tienen el derecho a que se les garantice la inocuidad (Los gobiernos deben garantizar alimentos inocuos y nutritivos para todos); a que se cultiven alimentos inocuos (Los productores agrícolas y de alimentos tienen que adoptar buenas prácticas); a que se mantengan los alimentos inocuos (Los operadores de deben asegurarse de que los alimentos sean inocuos); a saber lo que es inocuo (Los consumidores deben aprender sobre los alimentos inocuos y saludables) y a que se actúe conjuntamente en pro de la inocuidad de los alimentos y la buena salud.
Explicó la especialista que la inocuidad, en consecuencia, es un proceso sistémico, participativo, multisectorial, de responsabilidad compartida, donde se debe prevenir, detectar y gestionar los riesgos y planificar las acciones en las cadenas alimentarias (productor, elabora, transporta, almacena, distribuye, vende, prepara, sirve o consume alimentos), contribuyendo así a la seguridad alimentaria, la salud humana, la prosperidad económica, la agricultura, el acceso al mercado, el turismo y desarrollo sostenible.
Actualidad y Pertinencia
Garantizar la inocuidad de los alimentos constituye una voluntad del Estado y del Gobierno a nivel nacional y, a pesar del adverso escenario en que se desarrolla la vida económica, social y ambiental, esto se encuentra plasmado en múltiples documentos oficiales y planes y proyectos de gran prioridad para el país como la Constitución de la República, en su artículo 77; la Resolución 54/2018 “Indicaciones para la organización y ejecución de la protección al consumidor en el sistema de comercio interno”; el Plan de Soberanía Alimentaria y Educación Nutricional, que contempla las directrices del Estado para la gestión de los sistemas alimentarios locales, soberanos y sostenibles, su tema estratégico No.2: Garantía de la calidad e inocuidad y disminución de las pérdidas y desperdicios de alimentos; el Decreto Ley 8/2020. De la Normalización, Metrología, Calidad y Acreditación; el Decreto Ley 9/2020 De la Inocuidad Alimentaria. establecer las regulaciones y los principios que garantizan a lo largo de la cadena alimentaria, el análisis de riesgos, con un enfoque preventivo e integral, para lograr alimentos inocuos y nutritivos que proveen una adecuada protección de la salud, así como lograr un desarrollo competitivo y responsable de las entidades involucradas; el Decreto 22/2020 De la Producción Industrial de Alimentos y Bebidas; en las 24 Medidas de la Estrategia Económica y Social y las 63 medidas para dinamizar la producción agropecuaria; en el Decreto 35/2021. De la Comercialización de Productos Agropecuarios.
La Estrategia Sanitaria Nacional con enfoque a UNA SALUD para el logro de la salud óptima a través de la colaboración intersectorial y multidisciplinaria expresa en su contenido “Los esfuerzos colaborativos de múltiples disciplinas e intersectorial, trabajando local, nacional y globalmente para alcanzar la salud óptima para las personas, los animales, las plantas y el medio ambiente”. Un enfoque sistémico de la sociedad a los peligros sanitarios, con un cambio de perspectiva en el manejo de los riesgos.
El desafío es cumplir con el Marco Regulatorio y Normativo con una cultura que reafirme la inocuidad como un valor para la sociedad. Las Principales Regulaciones Aplicables del Ministerio de Salud Pública, como Autoridad Nacional Reguladora, son la Ley 41 De Salud Pública, el Decreto Ley 54/ 1982 Disposiciones Sanitarias Básicas, la Resolución No. 262/2020. Establece el Registro de Alimentos y Productos Alimenticios, como complemento de la inocuidad de los alimentos y la Resolución 215/1987. Establece todo lo relativo a la Inspección Sanitaria Estatal y la obligatoriedad de la Licencia sanitaria para toda industria o establecimiento donde se produzca, procese, almacene, conserve, transporte, comercialice o se someta a cualquier proceso. Es el documento oficial mediante el cual la ANR, autoriza la puesta en marcha y funcionamiento de estos.
Las Regulaciones Aplicables del Ministerio de la Agricultura son:
Centro Nacional Sanidad Animal: Decreto Ley 137/1993. De la Medicina Veterinaria, establece las actividades y medidas preventivas asistenciales y sanitario-veterinarias dirigidas a garantizar en el territorio nacional; Decreto 20/2020 Contravenciones de la Medicina Veterinaria; Resolución 537/2020 Reglamento del Decreto Ley 137; Resolución 23/2001. Crea el Registro Nacional de Productos para la Alimentación Animal y Resolución 442/2020. Reglamento relativo al muestreo, conservación, y remisión de las muestras de alimentos para el análisis en los laboratorios.
Sanidad Vegetal como Autoridad Nacional Reguladora: Decreto Ley 153/1994 Regulaciones de Sanidad Vegetal; Resolución Conjunta 575/2007 Minsap-Minag. Reglamento de uso de formulados plaguicidas y Resolución 441/2020 Reglamento para el Registro Fitosanitario de las áreas de producción de artículos reglamentados destinados a la exportación.
Y por la Controlaría General de la República: Resolución No. 60/ 2011. Norma del Sistema de Control Interno.
El Sistema Nacional de Normalización está formado por un Comité Técnico de Normalización (CTN) integrado por expertos representantes de actores de la cadena alimentaria: Autoridades Nacionales Reguladora, universidades, institutos de investigaciones y otras partes interesadas.
Existen 677 normas cubanas relacionadas con los alimentos, armonizadas y adoptadas de normas internacionales, normas sanitarias de obligatorio cumplimiento.
El Comité Técnico de Normalización Ramal, de los Organismos de la Administración Central del Estado (OACE) elabora documentos normativos ramales aplicables que respaldan los procesos, productos y servicios.
Reto
Garantizar los conocimientos, competencias y habilidades de todos los actores de la cadena alimentaria, en todos los niveles, para favorecer el cumplimiento de las buenas prácticas, tomando en consideración la complejidad, diversidad de la misma, para la gestión de la Calidad e Inocuidad de los Alimentos, la satisfacción de los consumidores y el desarrollo competitivo y responsable de las entidades involucradas.
El futuro de la inocuidad alimentaria es “Transformar los conocimientos en acción para la población, las economías y el medio ambiente”.
El 7 junio 2021, el Director General de la FAO, Sr. QU Dongyu, señaló la necesidad de «Trabajar juntos para transformar los sistemas agroalimentarios en aras de una mejor producción, nutrición, ambiente y vida».