Por: Grupo Web del Minag

El Ministerio de la Agricultura de Cuba convocó este jueves a una conferencia de prensa sobre las disposiciones jurídicas para la implementación de la Política de conservación, mejoramiento, manejo sostenible de suelos y uso de fertilizantes, cuya presentación estuvo a cargo del MSc. Dagoberto Rodríguez Lozano, jefe del Departamento de Suelos y Fertilizantes de dicha entidad.

 

La degradación de los suelos en Cuba por erosión, salinización y sodificación, disminución del carbono orgánico, desequilibrio de nutrientes, pérdida de la biodiversidad, compactación, acidificación y la contaminación se deben, principalmente, a su inadecuado manejo y explotación, así como a las condiciones climáticas, topográficas y edafológicas existentes; lo que se agrava por la baja percepción de la importancia del suelo como recurso natural finito y determinante para la vida.

 

Es por ello que Cuba trabaja hoy por renovar y generalizar las técnicas productivas relacionadas con la preservación de este recurso, impulsando prácticas de conservación, mejoramiento y manejo sostenible de los suelos, para disminuir la constante presión que estos procesos le originan.

Con estos objetivos fue aprobada la Política para la conservación, mejoramiento, manejo sostenible de los suelos y uso de los fertilizantes, en abril del 2020, la cual implementa el Lineamiento 120 de la Política Económica y Social del Partido y la Revolución, para el período 2021-2026 “… y la conservación, mejoramiento y manejo sostenible de los suelos, el agua, el uso de los fertilizantes y la agroecología. Incrementar la producción y utilización de abonos orgánicos, minerales y bioproductos nacionales” y el Objetivo 31, Actividad 133 de la Proyección Estratégica Directiva.

Esta Política cuenta con 20 principios, dirigidos, fundamentalmente, a otorgar una mayor jerarquía a la gestión y gobernanza del sistema de suelos en la República de Cuba, fortaleciendo las estructuras estatales; asegurar que las delegaciones municipales de la agricultura, las empresas y bases productivas agropecuarias cuenten con especialistas idóneos para atender la función de suelos y fertilizantes, garantizando el rigor técnico en el cumplimiento de las normas legales y regular la obligatoriedad de los tenentes de tierra de cumplir las medidas de protección, conservación y mejoramiento de los suelos bajo su jurisdicción.

Priorizar las inversiones para recuperar la infraestructura del sistema de suelos, incluyendo la red de laboratorios y el servicio estatal y asegurar servicios analíticos acreditados de suelos, agua y plantas, así como para la certificación y registro de productos de uso agrícola, se encuentran entre otros de los principios de Política, así como crear programas de ciencia e innovación tecnológica que consideren el uso y manejo sostenible de los suelos y fertilizantes como demandas prioritarias y desarrollar o adoptar tecnologías de Manejo Sostenible de Tierras bajo principios de la agricultura de conservación, precisión, climáticamente inteligente y amigable con el medio ambiente, así como acciones de control para generalizar su acceso a todos los actores del sistema de la agricultura. (Puede encontrar los 20 principios en PDF adjunto).

Acerca del paquete legislativo que instrumenta la Política, Rodríguez Lozano aclaró que este persigue el fin de garantizar la base legal con el objetivo de establecer las regulaciones para la conservación, mejoramiento y manejo sostenible de los suelos y los fertilizantes y sus normativas, son las siguientes:

Decreto-Ley 50 “Sobre la conservación, mejoramiento y manejo sostenible de los suelos y uso de los fertilizantes”,

Decreto 52 “Reglamento del Decreto-Ley 50 Sobre la conservación, mejoramiento y manejo sostenible de los suelos y los fertilizantes”,

Resolución del MINAG “Reglamento para el uso y control del financiamiento del Programa Nacional la Conservación, y Mejoramiento de los suelos, incentivos y mecanismos financieros”,

Resolución del MINAG “Reglamento para la determinación del valor del resarcimiento por el cambio de uso y su valor mínimo de arrendamiento”,

Resolución del MFP “Sobre el pago del valor de resarcimiento por el cambio de uso de los suelos”,

Resolución del MINAG “Reglamento del Registro Central de Fertilizantes”,

Sobre el Decreto-Ley 50 “Sobre la conservación, mejoramiento y manejo sostenible de los suelos y uso de los fertilizantes”, aprobado el 6 de agosto de 2021 y publicado este viernes en la Gaceta Oficial Ordinaria No. 120 de este 22 de octubre de 202, que garantiza las bases legales y establece regulaciones par generales para la conservación, mejoramiento y manejo sostenible de los suelos agropecuarios y forestales y uso de los fertilizantes.

 

El Decreto Ley está dividido en 12 capítulos, 48 artículos,  1 disposición especial y 6 disposiciones finales.

Capítulo I: disposiciones generales.

Capítulo II: Sistema Nacional de Suelos y Fertilizantes.

Capítulo III: Programa Nacional de Conservación y Mejoramiento de los Suelos.

Capítulo IV: servicio científico técnico, estudios de suelos y clasificación.

Capítulo V: sobre la agroproductividad de los suelos.

Capítulo VI: fertilidad de los suelos, nutrición de los cultivos, balance y control de fertilizantes.

Capítulo VII: Registro Central de Fertilizantes.

Capítulo VIII: de la contaminación, el daño de los suelos y del agua para riego.

Capítulo IX. Cambio de uso de los suelos, resarcimiento, arrendamiento y su protección.

Capítulo X: capa vegetal y sustratos orgánicos.

Capítulo XI: de las investigaciones, capital humano para el manejo sostenible de los suelos y el uso de los fertilizantes.

Capítulo XII: de la supervisión, control y contravenciones.

 

Este Decreto Ley, normativa de rango superior, deroga el Decreto No. 179, del 2 de febrero de 1993 y establecen regulaciones sobre aspectos que no fueron legislados nunca antes como:

  1. Definición, establecimiento y funciones del Sistema Nacional de Suelos.
  2. Regulación sobre el uso de los fertilizantes, así como uso y aplicación de bioproductos.
  3. Incentivos y mecanismos financieros.
  4. Evaluación de los bienes y servicios ecosistémicos que aportan los suelos.
  5. Arrendamiento de los suelos.
  6. Preservación de los suelos de categorías más productivas para la producción de alimentos.
  7. Capa vegetal y uso como sustratos orgánicos.
  8. Uso controlado del fuego para las áreas agrícolas.
  9. La contaminación de los suelos.
  10. Uso de las tecnologías de la información y la comunicación.
  11. El acceso a la documentación y a las instituciones para ejecutar las supervisiones y controles.
  12. La participación y jerarquización de la ciencia en la actividad.

 

Asimismo, se elevó el rango normativo de aspectos relativos al Registro Central de Fertilizantes y se modifica su alcance incorporando las personas jurídicas y se definen e incrementa las cuantías de las contravenciones.

 

Sobre este paquete regulatorio, el MSc. Orlando Díaz Rodríguez, director Jurídico del MINAG, expresó que es totalmente novedoso, adecuado al contexto actual y que para su redacción se realizaron estudios de derecho comparado con legislaciones de otros países.

Igualmente, expresó que, en sentido general, se refuerza lo estipulado en este tema hasta el momento y también el sistema de contravenciones dirigido a personas naturales y jurídicas que atenten contra la conservación, el mejoramiento y el manejo sostenible de los suelos y uso de los fertilizantes.

Igualmente, informó que su implementación concibe un proceso de difusión y capacitación a especialistas y población en general, pues, es indiscutible que el alcance de estas disposiciones jurídicas va más allá del Sistema de la Agricultura.

Por otro lado, Dagoberto Rodríguez aseguró que se prevé un impacto en la producción de alimentos, que se debe incrementar gradualmente, y es este uno de los objetivos fundamentales de la Política en cuestión.

El Decreto que hoy sale a la luz entra en vigor 90 días después de su publicación, o sea, el próximo 22 de enero del 2022.

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Gaceta Oficial

 



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Publicado:22/10/2021

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