Criticar no es morder.
Por: Dra. María Gloria Vidal Rivalta, del Centro Nacional de Sanidad Animal (CENASA). Presidenta del Comité Nacional de Bienestar Animal de Cuba (CONBAC). Dr. Armando Vázquez Especialista en Bienestar Animal.
21 de julio 2024
Cuando reviso las redes sociales o escucho ciertos comentarios relativos al Bienestar animal y las normas jurídicas, que en ocasiones, por no decir en la mayoría de las ellas, tratan de minimizar la obra, el esfuerzo o el afán de aquellos a quien les correspondió, el acto noble de poner algo en orden o intentar hacerlo, porque lamentablemente no hay respeto unánime de la ciudadanía a las leyes, recuerdo a nuestro Héroe Nacional José Martí y Pérez, que con su prosa elocuente y prodiga en belleza, definía conceptos y expresaba sus más sentidos criterios.
En su discurso pronunciado en el Liceo de Guanabacoa, el 21 de junio de 1879, el apóstol apuntó: «A hacer crítica viniera y no justicia, si por crítica hubiera de entenderse ese mezquino afán de hallar defectos, ese celo del ajeno bien, ese placer del mal ajeno, huéspedes ciertamente indignos de pechos generosos. Crítica es el ejercicio del criterio. Destruye los ídolos falsos, pero conserva en todo su fulgor a los dioses verdaderos. Criticar, no es morder, ni tenacear, ni clavar en la áspera picota, no es consagrarse impíamente a escudriñar con miradas avaras en la obra bella los lunares y manchas que la afean; es señalar con noble intento el lunar negro, y desvanecer con mano piadosa la sombra que oscurece la obra bella. Criticar es amar y aunque no lo fuera, no está en que iniciemos época favorable a la agitadora y dura crítica: que en las horas de riesgo y de combate, cuando las penas de la lucha vienen y tintan el ánimo sereno, cuando no sobre firme tierra sino sobre arena movilísima, fresca a trechos y oscura, descansa el pie agitado, es ley suprema, urgente y salvadora
la hermosa ley de amar.”
Tributando a la verdad, cuando en el año 2001 comenzamos a desarrollar muy esencialmente, la ciencia del Bienestar Animal en Cuba, apenas se conocía en el ámbito académico, era escaso el conocimiento popular y solo se esforzaban por hacer a favor de la protección de los animales de compañía, los miembros y la junta directiva de la asociación fundada en 1987, ANIPLANT la reconocida asociación para esta compasiva misión.
Poco después de crearse, el Comité Nacional de Bienestar Animal de Cuba (CONBAC) en la Asociación Cubana de Medicina Veterinaria, fue que la Organización Mundial de Sanidad Animal –OMSA, antigua OIE, dió a conocer al mundo su liderazgo en esta materia y cobró entonces más fuerza, nuestra iniciativa. Hasta ese momento ninguna institución, organización o ente aislado, había mostrado público interés esta emergente ciencia veterinaria, de tan inmensa utilidad para el bienestar de los animales.
Años más tarde, para conveniente estado de los animales, a los antes protectores y amantes de estos, se han ido sumando miles de personas interesadas en acompañar a la comunidad profesional y científica, en tan noble e importante labor.
Y si hago este sencillo relato, es para mostrar que si bien las acciones en esta materia, no marchan por idóneos senderos, se han ejecutado algunas, que propician cambios favorecedores a la salud y el bienestar de los animales en el país, aunque son muchos e inmensos los retos, que nos quedan por afrontar.
En esta oportunidad solo referiré, a la acción que considero más importante entre las tantas a desarrollar: la aprobación del Decreto Ley 31/2021 del Bienestar Animal y el Decreto 38/2021 Reglamento del Decreto Ley 31, aprobados por el Consejo de Estado y de Ministros respectivamente, que considerando dar respuesta oficial, a un reclamo de la población cubana y habiendo sido refrendado el asunto, en la Constitución de la República de Cuba de 2019, era un deber social.
A partir de la elaboración de una política pública diseñada mediante el trabajo coordinado y participativo de más de 40 representantes de instituciones, órganos, organismos y asociaciones y al que se sumaron los criterios de la población, quedaron definidos los problemas más acuciantes que afectaban el bienestar de los animales a lo largo y ancho de nuestro país.
El diagnóstico, en el que se obtuvo todo un caudal de información científica y empírica, proporcionó vastos elementos y propició la elaboración de las normas jurídicas antes citadas. Oportuno señalar, que el documento contó con la experiencia, el ingenio, conocimiento, revisión y aprobación de técnicos y profesionales de la más elevada formación integral, relativa a las ciencias veterinarias, médicas, jurídicas y otras afines al tema.
Volviendo al concepto martiano de la crítica, es pertinente revisar el trabajo realizado en la elaboración de estas normas, que siempre se proyectaron con una visión progresiva, es decir, no definitiva, sino de irlas modificando, adecuando y actualizando en lo posible, a la luz de los más modernos conocimientos y avances científicos. Por eso cuesta admitir, cómo algunas personas, lejos de hacer propuestas sobre el cómo evaluar las normas en lo sucesivo, emplean calificativos, más que peyorativos, desbordantemente despreciativos, en cuanto al contenido y la aplicación de las medidas rubricadas en sus respectivos articulados.
Hasta el 10 de julio de 2021, no contábamos con un documento legal que sustentara el derecho a la vida, la protección, el cuidado y el respeto a los animales, que definiera qué y cómo todos los residentes en esta isla, debemos relacionarnos y tratar a los animales, independientemente de la especie, categoría y uso que las personas le demos, bajo el enfoque de una sola salud y a la luz de los conceptos más actualizados que promueve la Organización Mundial de Sanidad Animal, entre otras organizaciones internacionales.
Los decretos 31 y 38, se podrán mejorar, adecuar, armonizar y actualizar, con la colaboración y la contribución de todos, a partir de sus críticas, sinceras, acertadas, fundamentadas y atinadas, y no bombardeando con ofensivos insultos a quienes consideran responsables, sin siquiera ubicarse en el momento histórico y el contexto económico y social en que dichas normas fueron elaboradas y puestas en vigor.
Los propios representantes de los que tienen competencia en la materia, están conscientes de la responsabilidad social asumida y de todo lo que falta o queda por hacer.
Y también por qué no, considero sinceramente, que trabajar todos de una u otra forma, por una u otra vía, en la transformación de hábitos, costumbres, actitudes, y conductas, que son más dañinas y erradas que el criticado contenido de las normas jurídicas relativas al bienestar animal, sería más oportuno e ideal para el propósito que todos, nos proponemos alcanzar.
La educación y la comunicación en esta materia del bienestar animal, pueden ser fruto del aporte de la sociedad y debe nacer desde el seno de las familias, como propone el reciente Código, refrendado mayoritariamente por el pueblo cubano.
El maltrato, el abuso, la crueldad, el irrespeto, la desprotección, el uso indebido de los animales, se combate mejor con el accionar de cada ciudadano digno y disciplinado, que lanzando ofensas a las autoridades, pues aunque criticar no es morder, la consciente actitud ciudadana, será siempre una fuerza mas ejemplarizante y potente, que el ejercicio que propone el cumplimiento de la ley.
El Centro Nacional de Sanidad Animal (CENASA) y los Departamentos Provinciales y Municipales de Sanidad Animal, cada uno a su nivel, cada vez que recibe una queja, denuncia o planteamiento relativo al bienestar animal, siempre que cumpla con lo regulado en la Resolución No. 4 de 2023 del Director General del CENASA, las tramita conforme a lo ahí regulado y toma las medidas que se ajusten a cada caso. Hasta el momento todas las quejas recibidas han sido investigadas, y cuando ha procedido se han tomado las medidas establecidas en el Decreto 38 de 2021.