Comunicación Oficial a Empresas Importadoras, para la solicitud de Importación Excepcional de Alimentos para Consumo Animal (+ PDF)

Por: Centro Nacional de Sanidad Animal, perteneciente al Ministerio de la Agricultura

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Atendiendo a lo establecido en la Resolución 537/2020 Reglamento del Decreto- Ley 137 “De la Medicina Veterinaria”, señala que las autorizaciones excepcionales para la importación y exportación de los productos sin la inscripción en el registro sanitario, solo serán aprobadas por el Director General del Centro Nacional de Sanidad Animal (CENASA)

COMUNICACION DE CENASA SOLICITUD EXCEPCIONAL DE IMPORTACION ALIMENTOS PARA CONSUMO ANIMAL



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Por: Centro Nacional de Sanidad Animal, perteneciente al Ministerio de la Agricultura07/12/2023

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