Ganadería
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Actualizan decreto de contravenciones para el control y registro del ganado mayor y de las razas puras

Las razones de la modificación –indica el documento– tienen en cuenta que las cuantías de las sanciones pecuniarias que se disponían no cumplían los fines para las que estaban previstas.

Una actualización del Decreto 225 De contravenciones personales de las regulaciones para el control y registro del ganado mayor y de las razas puras fue publicada en la  Gaceta Oficial de la República de Cuba No. 89 Ordinaria del 24 de agosto de 2022.

Las razones de la modificación –indica el documento– tienen en cuenta que las cuantías de las sanciones pecuniarias que se disponían no cumplían los fines para las que estaban previstas ni eran funcionales con las medidas aprobadas para dinamizar la producción agropecuaria en el país, razón por la cual era necesario ajustar los valores de las multas y actualizar esta disposición.

El Decreto ahora indica que las personas naturales y jurídicas, propietarias o poseedoras de ganado, se consideran responsables de las contravenciones que se tipifican, y se les impone la multa y demás medidas cuando incurran en cualquiera de las 15 conductas violatorias definidas.

Se encuentran entre esas transgresiones el no identificar debidamente a los animales, no presentarse o exhibir el documento que acredite la inscripción del ganado mayor en el Registro Pecuario, y no declarar los nacimientos, las muertes…, o las compraventas, traslados u otras operaciones, que impliquen traspaso de propiedad.

Se infringe la norma, además, si no se actualizan los datos de la manera establecida, si se trasladan los animales de una finca a otra ubicadas en la jurisdicción de distintos Registros Pecuarios sin autorización; y si se posee ganado mayor en cantidad superior a la permitida sin ser tenedor legal de tierra.

También se penaliza, entre otras cuestiones, el sacrificio, la compra o recibimiento de ganado mayor por cualquier causa sin autorización, así como la venta, traspaso o propiedad no declarada.

Las medidas que se aplicarán, en dependencia de las infracciones, incluyen multas entre 5 000 y 20 000 pesos, el decomiso de las carnes, la ocupación de los animales y la obligación de cumplir con diferentes acciones dispuestas según lo infringido.

 Añade el Decreto que la persona natural a la que se le imponga cualquiera de las sanciones puede establecer el recurso de apelación ante el delegado municipal o provincial de la Agricultura, según el nivel de subordinación del impositor.

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Autor: Redacción Nacional | internet@granma.cu 29 de agosto de 2022 10:08:4631/08/2022

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