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¿Cuáles son los requisitos para exportar mascotas?

 Por: Centro Nacional de sanidad Animal (CENASA), perteneciente al Ministerio de la Agricultura.

9 de mayo 2024

Antes de entrar a explicar sobre los requisitos, es preciso hacer algunas precisiones:

– Solo se consideran mascotas y se autorizan a viajar como tal, a perros y gatos.

– Los requisitos se sustentan en normas internacionales establecidas por la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA, antigua OIE) y son armonizados entre sus países miembros o comunidad de países, como por ejemplo con los miembros de la Unión Europea (UE).

– Los Certificados Zoosanitarios de Exportación de Mascotas sólo pueden ser tramitados en las Clínicas de Cuarentena del sistema de la Sanidad Animal y por el CENASA, ya que se trata de un proceso oficial.

– En La Habana también pueden tramitarse los certificados de exportación en la Clínica Almiquí (Calle 164 y 5ta. Avenida, Playa) y después legalizar el documento en el CENASA (Calle 12 No. 355 entre 15 y 17, Vedado, Plaza de la Revolución).

– Los animales originarios de Cuba no requieren de pasaportes para viajar. Solo poseen pasaporte los originarios de países de la Comunidad Europea, solo deben poseerlo los de dicho origen, que son importados, permanecen por un tiempo en el territorio nacional y retornan a su país u otro al que viaje con su propietario.

– Los pasaportes de mascotas europeas, deben ser presentados en las clínicas de cuarentena para verificar datos de interés, en caso de la tramitación del certificado de exportación para el retorno.

– Los viajeros son los responsables de los trámites de exportación y por tal motivo, los que deben presentarse con su carnet de identidad o pasaporte personal, para realizar las gestiones de exportación de sus mascotas o en su defecto deben presentarse los responsables de los animales, si es que van a viajar por carga.

– Si alguna otra persona, hace el trámite por el viajero, debe presentar   la versión electrónica de la fotografía del carnet de identidad o del pasaporte del mismo.

– Solo se certifican hasta 3 muestras o mascotas por viajero.

– Los asuntos relacionados con pasajes aéreos para los animales, los huacales para transportarlos, las áreas donde pueden colocarse en dependencia de la talla y el peso, las condiciones del viaje y otros aspectos similares, se tramitan con las aerolíneas, ya que los veterinarios solo se encargan de los asuntos netamente sanitarios relacionados con la exportación.

Los requisitos generales son los siguientes:

Otros requisitos adicionales:

 Para viajar a países de la UE:

Los países exportadores de mascotas hacia países de la UE, están obligados a cumplir las Directivas 577/2013 y 576/2013.

– La implantación del microchip para identificación del animal (este servicio aún no se presta en las clínicas y consultorios veterinarios).

-Realización de la Prueba de Cuantificación o Titulación de los Anticuerpos Antirrábicos.

La prueba se realiza con muestras de 0.5 ml de suero sanguíneo del animal a investigar, para verificar la eficacia de la vacunación antirrábica.

La extracción de sangre se realiza a partir de los 30 días de la vacunación AR en las clínicas veterinarias autorizadas. Obtenida la muestra, debe conservarse en refrigeración hasta el envío al país donde se realizará la prueba en un laboratorio acreditado.

El resultado de la prueba para considerar protegido al animal, debe mostrar un título de anticuerpos protectores de al menos 0.50 UI.

El resultado en versión original impresa debe presentarse en la clínica de cuarentena, para obtener el certificado de exportación.

El Certificado se emite en el modelo establecido para la UE (ANEXO, PARTE I, Modelo de certificado zoosanitario para las importaciones en la Unión de perros y gatos). Modelo oficial según la Directiva 96/93/CE.

Nota: Algunas Islas del Caribe asumen este tipo de certificación

 Para exportar perros a los Estados Unidos de Norteamérica:

Además del microchip y la Prueba de Cuantificación o Titulación de los Anticuerpos AR (igual que para países de la UE) se deberán cumplir los requisitos siguientes:

 Autorización del Control Desease Center (CDC) / Centro de Control de Enfermedades en español del Estado en el que residirá la mascota en el país.

– Si el animal tiene menos de 6 meses de edad, debe enviarse una fotografía dentaria.

– Si se trata de muestras de suero para mascotas que viajarán este país, se presentarán en las Clínicas de Cuarentena y se adjuntan a los certificados.

-Se suma al proceso de exportación el Certifica

Otros aspectos a tener en cuenta:

– El viajero se debe informar sobre el período de vigencia de los Certificados Zoosanitarios de Exportación de Mascotas, es decir, el tiempo que puede transcurrir entre la fecha de emisión y legalización de los mismos y la fecha en que el viajero se presenta en el aeropuerto para viajar, que puede ser variable en dependencia del requisito que imponga el país de destino.

Finalmente, en el caso de certificados de exportación para mascotas que viajarán a los EE.UU. y países de la UE que se tramitan en clínicas de cuarentena de otras provincias, deberán presentar para firma de un médico veterinario oficial en el CENASA.

Las Clínicas de Cuarentena en La Habana se ubican en:

  1. Departamento de Sanidad Animal de La Habana. Calle 15 esq. A 12, Vedado, Plaza de la Revolución.
  1. Clínica Almiquí: 5ta. Avenida y calle 164, Municipio Playa.



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