Por: CENASA
Como consecuencia del recrudecimiento del bloqueo económico, comercial y financiero impuesto por los EE.UU a Cuba, así como la crisis económica mundial causada por la COVID-19, la industria nacional de medicamentos no ha podido disponer de los equipos, piezas de repuesto y materias primas para producir los fármacos que demanda el Cuadro Básico de Medicamentos de Uso Veterinario. Por lo tanto, existe una marcada carencia de productos, tales como los antibióticos, antimicóticos, antiparasitarios, suplementos minero- vitamínicos e instrumental de uso veterinario, utilizados para el tratamiento de patologías en los animales, lo que constituye un serio problema para el mantenimiento del estado de salud y bienestar de los animales de producción y de compañía.
Por tales motivos, se emitió por el Ministro de la Agricultura, a propuesta del Centro Nacional de Sanidad Animal (CENASA), la Resolución 430/2021, publicada en la Gaceta Oficial No. 79 Extraordinaria de 9 de septiembre de 2021, dando facilidades a los viajeros para las importaciones de dichos productos.
Una vez publicada la norma y una nota de prensa sobre los aspectos contenidos en el referido documento, se han emitido algunas dudas que esclareceremos:
1- La importación de vacunas y otros productos biológicos no fue concebida en esta aprobación, debido a que estas pueden ser vehículos para construir armas biológicas variadas y potentes, pueden en su composición contener cepas de microorganismos patógenos diferentes a los que circulan en nuestro país y porque el uso de agentes biológicos manipulados a voluntad por el hombre, puede ocasionar graves enfermedades a los animales e incluso aquellas consideradas zoonóticas que afectan a los seres humanos, sin descartar que esta vía ha sido utilizada como parte de las agresiones biológicas del Gobierno de los Estados Unidos contra Cuba.
La oferta de vacunas para animales de compañía a la población tendrá solución, a partir de la venta a través de la consignación de estos productos, lo que está en fase de contratación por parte de las Organizaciones Superiores de Dirección Empresarial LABIOFAM y GELMA del Ministerio de la Agricultura y la Empresa Quimimport de GECOMEX perteneciente al Ministerio de Comercio Exterior.
2-Los productos autorizados como los antibióticos, antimicóticos, antiparasitarios, suplementos minero- vitamínicos, se pueden importar en todas sus presentaciones, o sea oral e inyectable, siempre que se adquieran en mercados seguros y confiables, ya que existe el riesgo de comprar determinados productos falsificados o dañados y por tanto, se pierda la eficacia o provoque determinado daño a los animales.
Dr. Manuel Peláez Reyes
Jefe de Departamento de Epidemiológica y Asistencia Veterinaria
Dirección de Sanidad Animal
Ministerio de la Agricultura
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