Mayra Curz Legón Directora Jurídica Minag
Mayra Curz Legón Directora Jurídica Minag

10 PREGUNTAS SOBRE EL PROYECTO DE LEY DE SOBERANÍA ALIMENTARIA Y SEGURIDAD ALIMENTARIA Y NUTRICIONAL

Por: Grupo web del MINAG

La Directora Jurídica del Ministerio de la Agricultura, les publica 10 preguntas con las respuestas, sobre el Proyecto de Ley de Soberanía Alimentaria y Seguridad Alimentaria y Nutricional.

Muchas pueden ser las interrogantes ante un tema tan complejo y polémico como resulta alcanzar la soberanía alimentaria y seguridad alimentaria y nutricional en la Cuba actual, una cuestión que para su solución requiere medidas productivas, económicas, financieras, sociales, pero también legislativas ¿Porqué es necesario aprobar este Proyecto de Ley? ¿Se trata de un documento y una reunión más? ¿Crear las Comisiones de Soberanía Alimentaria y Seguridad Alimentaria y Nutricional es la solución? ¿Tiene incidencia el Proyecto de Ley en lo que realmente comemos y comeremos los cubanos? Estas y otras preguntas relacionadas con la disponibilidad, estabilidad y acceso efectivo a los alimentos, pueden surgir en la población cubana.

Y sobre estos particulares los organismos internacionales y la revisión del Derecho comparado nos lleva a reflexionar sobre la necesidad de aprobar leyes específicas para la protección efectiva del derecho a la alimentación de las personas. En América Latina y el Caribe, existen varias experiencias legislativas sobre la temática, leyes del presente siglo de países como Brasil, Ecuador, Nicaragua, República Dominicana y de otros ordenamientos jurídicos de la región y de Europa, por solo citar algunos ejemplos, fundamentan también el pronunciamiento del Estado y el gobierno cubano de aprobar una Ley de Soberanía Alimentaria y Seguridad Alimentaria y Nutricional, para estar además armonizados con los aspectos positivos que a nivel internacional se regulan. Entonces:

  1. ¿Por qué es necesario aprobar ahora esta Ley de Soberanía Alimentaria y Seguridad Alimentaria y Nutricional?

La necesidad de aprobar la Ley SSAN en estos momentos obedece a varios aspectos, el primero de ellos lo es el reconocimiento expreso en nuestra vigente Constitución de la República de Cuba del derecho a la alimentación sana y adecuada de la población (artículo 77). Por tanto la Ley SSAN es una norma de desarrollo constitucional y esta es la primera razón que avala la necesidad de aprobar esta Ley, pues de no hacerlo tendríamos un apartado constitucional sin el debido desarrollo mediante una ley específica.

En segundo lugar, esta norma jurídica ordena los procesos de producción, transformación y comercialización de alimentos hasta su consumo y a tales fines establece las medidas y estrategias para aprovechar al máximo los recursos con que contamos en nuestros municipios y obtener alimentos inocuos, con calidad, nutritivos, equilibrados y culturalmente aceptados. De manera que aunque la Ley por sí sola no proporcionará los alimentos, y conscientes de la situación alimentaria existente a nivel internacional y nacional, es vital organizar a los actores de los sistemas alimentarios locales del país, con enfoques modernos y principios coherentes con la garantía del derecho a la alimentación sana y adecuada, y de esto va la Ley.

El reto fundamental es la debida implementación de los aspectos contenidos en esta norma jurídica, para garantizar, de forma progresiva, este derecho humano a todos los cubanos.

  1. ¿Cuáles son los objetivos del Proyecto de Ley SSAN y sus antecedentes fundamentales?

Los objetivos generales que prevé el Proyecto de Ley SSSAN son dos muy complejos: establecer el marco legislativo general para alcanzar la soberanía alimentaria, así como fortalecer la seguridad alimentaria y nutricional en función de la protección del derecho de toda persona a una alimentación sana y adecuada. Así mismo, regula la organización de los sistemas alimentarios locales soberanos y sostenibles que articulan de forma intersectorial e interinstitucional la producción, transformación, comercialización y consumo de alimentos.

Y sus antecedentes fundamentales resultan la Constitución de la República, en desarrollo de sus artículos 77 y 78, que establecen que todas las personas tienen derecho a la alimentación sana y adecuada, a consumir bienes y servicios de calidad que no sean atentatorios a su salud, a acceder a información precisa y veraz sobre los mismos y a recibir un trato equitativo y digno, conforme a la ley y, en consecuencia, el Estado crea las condiciones para fortalecer la seguridad alimentaria de toda la población.

Además, también el Proyecto de Ley despliega los objetivos de Desarrollo sostenible previstos en La Agenda 2030, específicamente el objetivo número dos conocidos como “Hambre cero”, que prevé no solo poner fin al hambre, sino también lograr la seguridad alimentaria y la mejora de la nutrición y promover la agricultura sostenible como premisa para alcanzar la sostenibilidad económica, social y ambiental.

Y por último, el Proyecto de Ley resulta la instrumentación jurídica del Plan de Soberanía Alimentaria y Educación Nutricional de Cuba, aprobado por el Consejo de Ministros el 22 de julio de 2020, como plataforma nacional para alcanzar una plena seguridad alimentaria. El Proyecto de Ley da fuerza legal a los objetivos, principios, valores, componentes y temas estratégicos que prevé el Plan SAN definiendo las directrices que orienta el Estado cubano para la gestión de los sistemas alimentarios locales, soberanos y sostenibles, así como, para el fomento de una cultura y educación alimentarias y el logro de la mejora de la salud de la población cubana.

 ¿Qué aspectos novedosos trae el Proyecto de Ley SSAN?

El proyecto de Ley de Soberanía Alimentaria y Seguridad Alimentaria y Nutricional está matizado de novedad desde su propio proceso de redacción, el cual se ha caracterizado por la participación intersectorial, interinstitucional, interdisciplinaria, multiactoral y multinivel, al interrelacionarse de forma armónica los representantes de 22 Organismos de la Administración Central del Estado, 12 Organizaciones Superiores de Dirección Empresarial, 27 entidades y 11 organizaciones de la sociedad civil, académicos e investigadores de instituciones científicas y universidades, así como productores agropecuarios, todos ellos puntos focales del Plan SAN.

 Este proyecto de norma jurídica contó con la asistencia técnica y logística del Proyecto de Colaboración Fortalecimiento de Políticas Públicas para la Seguridad Alimentaria Sostenible en Cuba (POSAS), cuyo implementador es la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO), con fondos provenientes de la Unión Europea aspecto que permitió, al equipo redactor, intercambiar con expertos a nivel internacional y nacional en la materia.

 En lo que a contenido respecta este Proyecto de Ley contiene aspectos novedosos tales como:

 la organización de los sistemas alimentarios locales como modelos sostenibles de producción, la visión participativa en los mismos pues los componen todos los actores relacionados de una manera u otra con la soberanía y seguridad alimentaria, previendo los derechos y deberes de los mismos. La conformación e institucionalización que brinda el Proyecto de Ley a los sistemas alimentarios locales es un elemento clave para impulsar en los municipios la producción, transformación y comercialización de alimentos como vía idónea para satisfacer las demandas alimenticias y necesidades nutricionales de las personas.

  1. ¿En que favorece el Proyecto de Ley SSAN a la educación alimentaria y nutricional?

El Proyecto de Ley SSAN pauta un sistema nacional relativo a las buenas prácticas alimentarias en aras de prevenir enfermedades relacionadas con la alimentación. En correspondencia con ello esta norma jurídica reconoce el rol de los sistemas de salud, educación, cultura y comunicación social para la educación alimentaria y nutricional. Además incentiva la producción de alimentos sensibles a la nutrición y la agricultura sostenible sobre bases agroecológicas.

La educación alimentaria y nutricional debe ir inculcándose en las personas, incluso desde las edades tempranas, al comprender esta un conjunto de acciones de información, capacitación, educación y comunicación social que forma parte de un proceso de aprendizaje destinado a modificar o mejorar las prácticas alimentarias de las personas para optimizar su estado nutricional, de salud y bienestar y lograr la adopción responsable y voluntaria de conductas relacionadas con los procesos de producción, selección, adquisición, conservación, preparación y consumo de los alimentos, en correspondencia con las tradiciones culturales, necesidades individuales y la disponibilidad de recursos en cada lugar.

Además de regular, entre los objetivos de la educación alimentaria y nutricional previstos, los siguientes:

  1. Promoción del consumo de una diversidad de alimentos nutritivos, sanos e inocuos;
  2. fomento y ampliación del conocimiento del valor nutricional de los alimentos;
  3. estimulo de comportamientos, creencias y actitudes saludables respecto a la alimentación;
  4. desarrollo de capacidades y motivaciones personales para adoptar prácticas alimentarias sanas que contribuyan a la prevención de enfermedades crónicas no transmisibles;
  5. promoción de hábitos alimentarios locales, sobre la base del rescate de buenas prácticas alimentarias;
  6. integración del ejercicio físico como complemento indispensable en los programas de educación alimentaria y nutricional; y
  7. favorecimiento de la protección alimentaria de las personas en situación de vulnerabilidad.
  1. ¿Qué protección efectiva brinda el Proyecto de Ley SSAN al derecho a la alimentación de las personas en el país?

El Proyecto de Ley SSAN establece las obligaciones específicas del Estado para garantizar, progresivamente, la alimentación sana y adecuada de las personas en el país, en especial a las personas en situación de vulnerabilidad, sobre la base del respeto a este derecho humano, su protección, la realización de acciones que lo hagan efectivo y la promoción del conocimiento sobre el mismo. Todo en correspondencia con los principios del derecho a la alimentación, que irradian a todo el Proyecto de Ley y a las políticas, normas, planes y estrategias que se realicen en el país sobre temas relacionados con la alimentación.

Además, el Proyecto de Ley dedica un Título a los mecanismos de evaluación y control de lo previsto en ella y en su consecuente Reglamento. En atención a ello establece que el incumplimiento de lo previsto en esta Ley, ya sea por acción u omisión, genera responsabilidad para el infractor en vía administrativa o judicial, según proceda.

  1. ¿Por qué el Proyecto de Ley SSAN crea Comisiones de Soberanía Alimentaria y Seguridad Alimentaria y Nutricional en todos los niveles?

El proyecto de Ley SSAN propone crear las comisiones de Soberanía Alimentaria y Seguridad Alimentaria y Nutricional a nivel nacional, en cada provincia y municipio del país, en aras de cumplir y contribuir al cumplimiento de lo dispuesto en esta Ley y su Reglamento. Las mismas se propone sean dirigidas por los máximos órganos de gobierno en cada nivel.

Contarán con una integración intersectorial, interinstitucional, interdisciplinaria, multiactoral y multinivel, lo que coadyuvará a la organización de los sistemas alimentarios locales y de todos los actores vinculados a la producción, transformación y comercialización de alimentos, así como al cumplimiento de lo establecido en la Ley y su Reglamento, para que todos ellos actúen en armonía con el objetivo de alcanzar una alimentación adecuada para las personas en el país.

Estas Comisiones además, para su efectivo funcionamiento, tendrán en cuenta la sapiencia de los productores en la toma de sus decisiones en lo que a la producción de determinados cultivos o cría de animales respecta, fundamentalmente de aquellos con resultados remarcables, así como los resultados de la ciencia, para un mejor aprovechamiento de los recursos de la localidad. Asimismo, velarán por el empleo de la economía circular en las cadenas alimentarias y facilitarán el encadenamiento entre los actores de la producción, transformación y comercialización de alimentos para contribuir a que los bienes, recursos, insumos y materias primas sean empleados de forma racional y aprovechados al máximo.

Un espacio para que confluyan, al mando de los máximos órganos de gobierno en cada nivel, todos los actores vinculados a la producción, comercialización, transformación y consumo de los alimentos, con el fin de alcanzar la soberanía alimentaria.

  1. ¿Cómo desde el Proyecto de Ley SSAN se promueve el funcionamiento eficiente de los sistemas alimentarios locales?

En aras de propiciar el funcionamiento eficiente de los sistemas alimentarios locales, las Comisiones que propone crear el Proyecto de Ley SSAN en cada nivel, tienen un rol fundamental, pues ellas aglutinarán en su composición a aquellos sectores de la economía en la localidad necesarios para que los procesos de producción, transformación y comercialización de alimentos se lleven a cabo de forma efectiva, y tal selección será realizada de forma soberana por el presidente de cada Comisión.

Estas Comisiones a tales fines, entre otros aspectos, promoverán cuestiones relevantes como la bonificación a los actores vinculados a la producción, transformación y comercialización de alimentos, para incentivar el empleo de modelos sostenibles, así como la prevención y reducción de pérdidas y desperdicios de alimentos en las cadenas alimentarias y coadyuvarán al desarrollo efectivo de las relaciones contractuales en materia de producción, transformación y comercialización de alimentos en los municipios. También potenciarán programas individualizados para la producción, transformación y comercialización de alimentos, en respuesta a las necesidades de los productores y a las demandas nutricionales específicas del territorio; y estimularán el acceso a créditos bancarios y seguros a los actores vinculados directamente a la producción y transformación de alimentos.

Estas Comisiones Municipales deberán administrar, de forma eficiente, los recursos propios de la localidad para destinarlos a los procesos de producción, transformación y comercialización de alimentos principales y de mejores resultados. Dichas Comisiones Municipales a su vez informan de su actuar a las Comisiones Provinciales y estas a su vez a la Comisión Nacional para, de esta forma, poder conocer sobre el estado de la situación alimentaria en cada territorio y; rendirán cuenta, en lo correspondiente, a la Asamblea Municipal del Poder Popular y al Consejo de la Administración Municipal, por medio de su Coordinador, cuando se interese.

  1. La Ley promueve la producción de alimentos con la movilización de los recursos existentes en el municipio. ¿Qué recursos se estiman conceder para la producción, transformación y comercialización de alimentos en este contexto actual?

Ciertamente el acceso a recursos en nuestro contexto se torna un tanto escabroso y, precisamente por ello es que, los recursos existentes en la localidad, aunque sean limitados, deben ser empleados con racionalidad y aprovechados al máximo y por lo que debe ser analizada, debidamente, a qué actividad se destinarán para la obtención de resultados positivos. En este sentido, el empleo de la economía circular, el incentivo de la agroecología y la prevención y reducción de pérdidas y desperdicios de alimentos son fundamentales para un acertado empleo de los recursos existentes.

  1. ¿Cuáles son los indicadores por los cuáles medir el cumplimiento de los objetivos del Proyecto de Ley SSAN?

El Proyecto de Ley establece que la Comisión Nacional, las comisiones provinciales y municipales establecen los indicadores para la evaluación y control del comportamiento de la soberanía alimentaria, la seguridad alimentaria y nutricional, así como de la protección del derecho a la alimentación, ajustados a las realidades concretas de cada territorio y no impuestos desde arriba. Ahora bien, los indicadores a elaborar deben responder a los siguientes temas estratégicos, que serán las cuestiones que se evalúen y controlen efectivamente en los municipios:

  1. ¿Tiene incidencia la Ley en lo que realmente comemos y comeremos los cubanos?

Sí, la Ley promueve para el presente y para el futuro la producción de alimentos de forma sostenible, dar acceso a toda la población a una alimentación suficiente, diversa, balanceada, nutritiva, inocua y saludable, reduciendo la dependencia de medios e insumos externos, con respeto a la diversidad cultural y responsabilidad ambiental. Sin dudas es un reto y contar con este instrumento normativo no colocará comida inmediatamente en nuestras mesas, pero no lograremos alcanzar la soberanía alimentaria, fortalecer la seguridad alimentaria y nutricional y garantizar el derecho a la alimentación sana y adecuada de los cubanos sino organizamos los sistemas alimentarios locales como modelos sostenibles de producción, y este es el objetivo esencial del Proyecto de Ley SSAN.



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Por:13/04/2022

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