¿Quiénes somos?
Trámites y Servicios
Políticas Públicas
Publicaciones
Tarea Ordenamiento
Covid-19
La Constitución de la República de Cuba en su artículo 63 expresa que: “todo ciudadano tiene derecho a dirigir quejas y peticiones a las autoridades y a recibir la atención o respuestas pertinentes y en el plazo adecuado conforme a la Ley”.
Nuevo comentario